Con fecha 29 de junio de 2022 la Diputación de Málaga ha aprobado la Convocatoria de subvenciones del Programa de “Apoyo a la contratación de personas desempleadas tras la crisis sanitara, 2022” dirigida a empresas, autónomos/as y profesionales de la provincia de Málaga.

Con fecha 14 de julio se ha publicado el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, iniciándose el plazo de presentación de solicitudes el 15 de julio y hasta el 10 de octubre de 2022, siendo el procedimiento de concesión a través de concurrencia no competitiva, por orden de presentación de solicitud y en todo caso hasta acabar el presupuesto.

El objeto de esta convocatoria es incentivar la contratación laboral y contribuir a la reincorporación al mercado de trabajo, reforzando la empleabilidad y competencias profesionales de las personas desempleadas.

Los requisitos específicos que deben cumplir los beneficiarios (empresas, autónomos/as y profesionales), son:

  • Haber tenido aprobado por la Autoridad Laboral ERTE como consecuencia de la Crisis Sanitaria COVID-19, o bien pertenecer a un sector con elevada tasa de cobertura por ERTE y reducida tasa de recuperación  y cuya actividad se clasifique en alguno de los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas –CNAE-09– previstos en el Anexo del  Real Decreto-ley 11/2021, de 27 de mayo.
  • Desarrollar su actividad en centro de trabajo sito en Málaga y/o provincia.
  • No haber sido condenado por sentencia judicial firme o sancionado por la autoridad laboral competente por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales o por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias en el plazo de los dos años previos a la apertura del plazo de presentación de solicitud de la subvención.
  • No haber sido condenado por sentencia judicial firme por despido improcedente o nulo en el año inmediatamente anterior a la apertura del plazo de presentación de solicitud de la subvención.
  • Estar dado de alta en seguridad social como empleador/a en el momento de la solicitud.
  • Que la persona contratada no sustituya a trabajadores/as que hubiesen estado contratados/as en los tres meses anteriores en la empresa bajo la misma modalidad contractual, para ocupar el mismo puesto de trabajo, salvo que aquellas relaciones laborales se hubiesen extinguido por alcanzar la duración máxima prevista en la legislación laboral aplicable o por la autorización de ERE o despido procedente por causas objetivas motivado por el cierre de actividad a consecuencia del COVID 19″, siempre que a fecha de solicitud figure de alta como empleador.

Los requisitos específicos que deben cumplir las personas contratadas son:

  • Estar empadronado en Málaga o algún municipio de la provincia.
  • Estar desempleado hasta la fecha de solicitud e inscrito/a como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo.
  • Que no tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive del empresario autónomo, profesional o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, gobierno o representación de las empresas que revistan forma jurídica de sociedad mercantil con ánimo de lucro y que no constituyan pareja de hecho debidamente inscritas con las personas anteriormente citadas.

Toda la información referente a esta convocatoria de subvenciones se encuentra recogida en las Bases Reguladoras aprobadas poro Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 01 de junio de 2022, punto 1.2.16, publicadas en BOPMA el 8 de junio de 2022.

Recomendamos que lea detenidamente dichas instrucciones al objeto de la debida cumplimentación de los Anexos, y así acelerar los plazos de concesión de las ayudas. Le informamos que estas instrucciones tienen carácter orientativo, siendo exclusivamente vinculantes lo aprobado en las Bases y en la Convocatoria.

La forma de presentación será por cualquiera de los medios siguientes en atención a que los/las interesados/as estén obligados o no a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común:

  1. A) Para los interesados obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos:
  1. En el Registro electrónico de la Diputación de Málaga, accesible a través de la sede electrónica en el vínculo https://sede.malaga.es/registro-electronico/
  2. En el Registro electrónico común, accesible en la página web https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do, seleccionando después de iniciar el trámite, a través del buscador, la unidad correspondiente (Empleo) a la que, de conformidad con lo establecido en esta convocatoria, debe dirigirse dentro de la Diputación Provincial, la documentación.
  1. B) Para los restantes interesados:
  1. En algunos de los medios anteriormente señalados en el apartado A) del presente artículo.
  2. En las oficinas de Correos, mediante correo certificado en sobre abierto.
  3. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  4. En la oficina de asistencia en materia de Registros de la Diputación Provincial de Málaga o en alguna de las siguientes, siempre que se encuentren conectadas en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR): Administración General del Estado, o Administración de las Comunidades Autónomas, o Entidades que integran la Administración Local, u órganos públicos y entidades integrantes del sector público institucional.

PLAZO DE SOLICITUD DEL 15 DE JULIO AL 10 DE OCTUBRE DE 2022 (ambos inclusive)

Para cualquier consulta pueden llamar al teléfono gratuito 900 770 001 y/o los teléfonos 952069231 (Claudia Miranda) – 952133545 (R. Carmen Parra) en el e-mail crisis-sanitaria@malaga.es