1.- MORATORIAS CONCEPTO

 

Es la posibilidad de no pagar las cuotas de seguridad seis meses después, sin recargo.

 

REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS EMPRESAS

 

No están establecidos, se recoge en el RDL que se establecerán mediante una Orden Ministerial, que aún no se ha publicado; en consecuencia, NO sabemos los requisitos que las empresas deben cumplir para poder solicitar una moratoria a fecha de hoy. Solo se sabe que la empresa, en todo caso, tiene que pagar en plazo reglamentario la parte de cotización del trabajador, es decir, la parte que se les descuenta a los trabajadores en sus nóminas en

concepto de cuotas a la Seguridad Social.

 

PLAZOS DE SOLICITUD Y PAGO

 

MES DE LAS CUOTAS PLAZO SOLICITUD PLAZO PAGO

 

ABRIL 2020 del 1 al 10 de mayo NOVIEMBRE 2020

 

MAYO 2020 del 1 al 10 de junio DICIEMBRE 2020

 

JUNIO 2020 del 1 al 10 de julio ENERO 2021

 

Existe la posibilidad de pedir:

 

  • Los 10 primeros días de mayo la moratoria de las cuotas de abril, mayo y junio de 2020 o solo las de abril.

 

  • Los 10 primeros días de junio la moratoria de las cuotas de mayo y junio de 2020 o solo las de mayo.

 

  • Los 10 primeros días de julio la moratoria de las cuotas de junio de 2020.

 

En el caso de solicitar la moratoria de abril, mayo y junio y que la concedan, se tendrían que pagar en los meses que se detallan a continuación las cuotas que también se señalan:

 

MES CUOTAS A PAGAR

 

NOVIEMBRE 2020 ABRIL 2020 + OCTUBRE 2020

DICIEMBRE 2020 MAYO 2020 + NOVIEMBRE 2020

ENERO 2021 JUNIO 2020 + DICIEMBRE 2020

 

Las empresas que obtengan exención del pago de cuotas como consecuencia de aplicar un ERTE por Fuerza Mayor COVID-19, no podrán pedir moratoria de cuotas de esos meses.

 

2.- APLAZAMIENTOS CONCEPTO

 

Es la posibilidad de solicitar pagar las cuotas correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo y junio con un tipo de interés del 0,5 % en lugar del 20% habitual.

 

REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS EMPRESAS

 

Se establece en el RDL los siguientes.

 

  • Estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

 

  • No tener otro aplazamiento anterior con la Seguridad Social.

 

  • Pagar en plazo reglamentario la parte de cotización del trabajador y la correspondiente a accidentes de trabajo y enfermedad profesional.

 

  • Para deudas superiores a 30.000 €, hay que presentar un aval.

 

PLAZOS DE SOLICITUD Y PAGO:

 

MES DE LAS CUOTAS PLAZO SOLICITUD

 

MARZO 2020* del 1 al 10 de abril*

 

ABRIL 2020 del 1 al 10 de mayo

 

MAYO 2020 del 1 al 10 de junio

 

*Ojo: Para solicitar el aplazamiento de las cuotas de marzo, que se pagan en plazo reglamentario hasta el 30 de abril, solo tendríamos hasta el 10 de abril, como el día 9 y 10 de abril son festivos (Jueves y Viernes Santo), la solicitud se puede hacer hasta el miércoles 8 de abril, como fecha límite.