Os remitimos Corrección de errores de la Orden de 29 de octubre de 2020, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID-19, publicada en el BOJA de hoy.

La corrección de error se refiere al horario de cierre al público de los establecimientos.

El horario de cierre al público de los establecimientos será 30 minutos antes de la hora fijada por Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía en virtud de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno en la Comunidad Autónoma, pudiendo continuar en todo caso con su actividad hasta las 23:30 horas, exclusivamente para el servicio de entrega a domicilio, estableciéndose como hora límite para realizar pedidos las 22:30 horas.

Esta limitación horaria no será de aplicación para los establecimientos de hostelería sin música que se encuentren acogidos a un régimen especial de horarios.