Os adjuntamos las siguientes normativas publicadas en BOJA extraordinario:
-Orden de 21 de enero de 2021, por la que se actualiza el anexo del Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, incluyendo los municipios que superan los 500 casos de incidencia acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días.
OBJETO: Se actualiza el anexo del Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, en su redacción dada por el Decreto del Presidente 3/2021, de 15 de enero, por lo que en los municipios relacionados en el anexo a esta orden queda restringida la entrada y salida durante 14 días, a contar desde las 00:00 del día 23 de enero de 2021.
–Orden de 21 de enero de 2021, por la que se modifica la Orden de 29 de octubre de 2020, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID-19.
OBJETO: Se modifica el apartado 4 del artículo 41 de la Orden de 29 de octubre de 2020
Las restricciones en la ocupación de los vehículos previstas en el artículo 41 no serán de aplicación cuando los viajeros sean escolares, en sus desplazamientos a los centros educativos o desde los mismos, o cuando se trate del desplazamiento de temporeros a las explotaciones agrícolas si acreditan un test PCR (-) negativo en las 72 horas previas a su llegada, o cuando se trate de transporte de los servicios de emergencias en todo tipo de misiones.