Se establecen modificaciones en las fases 2 y 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, en materia de transporte, ocio, juego, espectáculos taurinos, entre otros.
La presente orden surtirá plenos efectos desde las 00.00 horas del día 8 de junio y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.