Tras la entrada en vigor del Real Decreto– Ley 6/2019 sobre igualdad de género en el ámbito laboral, se establece que todas aquellas empresas con una plantilla de más 50 personas están obligadas a contar e implementar un Plan de Igualdad, por otro lado, el Protocolo de acoso laboral es obligatorio que todas las empresas, independientemente del tamaño de su plantilla, dispongan de un Protocolo de actuación contra el Acoso Laboral, en el que se articulen las medidas para prevenirlo, así como el procedimiento a seguir por trabajadores/as y empresa, en caso de acoso laboral. Aunque la empresa no tenga obligación de tener un Plan de Igualdad, sí está obligada a tener un Protocolo de Acoso Laboral, de acuerdo a la normativa vigente.